Podemos visualizar una foto de la feligresía de Barciademera con los datos del Catastro del Marques de Ensenada realizado el 08/05/1753. De las Respuestas Generales obtenemos los siguientes datos:
A.- El Juez Pedaneo se nombra entre los vecinos y el que consiga más votos, le expide el título el Juez y Justicia Ordinaria de la Jurisdicción de las Achas, puesto por el Conde de Salvatierra. La feligresía depende de dos jurisdicciones, la de Achas para las causas civiles y criminales y la de Cobelo, en lo político y concejil puesto por el Conde de Amarante.
B.- Comprende 3.663 ferrados de tierras, repartidos del modo siguiente:
900 de sembradura de labradío regado
750 de sembradura de labradío secano
20 de sembradura de hortaliza
100 de sembradura de parras
40 de sembradura de prados de regadío
130 de sembradura de prados de secano
3 de sembradura de soto
50 de sembradura de dehesas particulares
570 de sembradura de montes bajos cerrados
1100 de sembradura de montes comunes abiertos
C.- Los diezmos que percibe el cura párroco ascienden anualmente a 10.000 reales de vellón. En las feligresías circundantes, en la misma época, los diezmos eran los siguientes:
Piñeiro 2.400.- (1.200 Monasterio de Acibeiro + 1.200 el cura párroco). Campo 6.000.- (2.000 el cura párroco + 4.000 el obispo de Tuy). Estacas 3.000.- Fofe 4.000.- Lamosa 1.000.- Santiago de Covelo 5.000.- Lougares 6.000.- Maceira 7.000.- Paraños 6.000.- Prado 1.800.- y Castelans 5.300.-
D.- Tambien se declaran:
1 Batan de Buriel
28 molinos harineros
292 colmenas
E.- Con respecto a la población, tenemos:
375 vecinos (1 vecino equivale a 1 cabeza de familia)
375 casas habitables y 40 arruinadas
3 tabernas
No hay mesones, carnicerías, ni panaderías. No hay Hospital.
1 abogado de oficio
2 cirujanos
5 arrieros
11 sastres de oficio
4 carpinteros de oficio
3 canteros de oficio
2 herreros de oficio
1 zapatero
60 pobres de solemnidad (no incluidos en el número de vecinos)
7 eclesiásticos incluido el cura párroco.
Por otra parte, se observa que no hay ninguna feria en el año 1753 según el Catastro del Marques de Ensenada, pero en el Archivo Ducal de Medinacelli, en la Sección de Teanes, nos encontramos con una Real Provisión de la Audiencia de Galicia prohibiendo la feria de San Martin de Barciademera en el año 1.751, ante Carlos Vazquez del Real. En estas fechas los titulares de la Casa de Amarante y la de Salvatierra eran primos, por lo que llegaron a un acuerdo para la prohibición de la feria, circunstancia que figura en la citada documentación.